Es una Asociación de familiares y amigos de personas con trastornos mentales severos del tipo Esquizofrenia

Información

Los familiares y amigos de personas con desórdenes mentales severos del tipo esquizofrenia en Uruguay, al no encontrar respuesta a sus angustiosas necesidades, comienzan a reunirse a partir de mayo de 1984, en busca de comprensión y apoyo. Así nació en 1986 el Grupo de La Esperanza, que está constituido principalmente por madres, padres, hermanos e hijos, pero también amigos, de personas con enfermedades mentales severas del tipo esquizofrenia. La asociación tiene personería jurídica desde 1989, no tiene fines de lucro, y es una organización no gubernamental (ONG).


Teléfono de contacto: 099000986
e-mail: contacto.gdelaesperanza@gmail.com

jueves, 25 de agosto de 2011

- De Interés General


Acceso a vivienda para personas con discapacidad
Préstamos del Ministerio de Vivienda
El Ministerio  de Vivienda, Ordenaniento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) abrió un llamado para compra de vivienda nueva en Montevideo, Canelones, Maldonado, Rivera, Flores, Soriano, Río Negro, Treinta y Tres, Lavalleja y Salto para familias con integrantes con discapacidad. El llamado se mantendrá abierto hasta el 12 de setiembre del presente año.
Los requisitos  para  acceder a estos préstamos son:
- Que al menos uno de los integrantes de la familia sea discapacitado.
-Contar con ingresos familiares de entre 25 y 60 UR para Montevideo y entre 15 y 60 UR para el interior del país.
- Ser ciudadano uruguayo, mayor de edad y al menos uno de los eventuales titulares ser menor de 55 años.
-Presentar historia laboral expedida por el BPS de todos los integrantes del núcleo familiar mayores de 18 años.
-Contar con un ahorro previo equivalente al 10 % del valor de la vivienda para Montevideo  y 8% para el interior.
-Estar libre de operaciones incumplidas en el clearing de informes, ni tener inscripciones que lo afecten en el Registro Nacional de Actos Personales.
-No poseer vivienda en propiedad, ni ser promitente comprador por parte del BHU o la ANV.
-No haber sido destinatario efectivo de un subsidio habitacional proporcionado por el Estado.

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